Tema 13: Responsabilidad de las autoridades
Competencias digitales
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Las funciones de los gobiernos locales han cambiado en el país
Mañana, 23 de febrero, el país elegirá a sus nuevas juntas parroquiales, concejos cantonales, alcaldes y prefectos. Las funciones han cambiado, según las nuevas constituciones.
El país elegirá mañana a 23 prefectos, 221 alcaldes y a 1 305 concejales, entre urbanos y rurales. Pero, ¿qué funciones cumple cada uno de estos dignatarios? Sus competencias han cambiado en el Ecuador con el paso de los años. De ellas, la Alcaldía es la institución local más antigua.
Su origen se remonta al ayuntamiento que era una figura de colonización y cuyas primeras funciones eran la organización del poder y del espacio urbano.
En la transición hacia la democracia, hace más de tres décadas, el país se enfrentó a diversas demandas territoriales. Ecuador tenía un sistema de caja nacional única, a través de una tesorería que administraba los excedentes de la explotación petrolera.
Estos no se invertían en las provincias dueñas del recurso. Ocurría porque, según el catedrático Luis Verdesoto, en el país no existe lo que en otros se conoce como derechos territoriales sobre los recursos que se extraen y ahora se está tratando de instituir algo por el estilo.
El país pasó de tener unos 120 cantones en el regreso a la democracia a 221. Con el paso del tiempo, las alcaldías aumentaron su posibilidad de obtener más ingresos, a través de la recaudación de impuestos y la capacidad de ejecutar sus propios reglamentos.
Para Verdesoto, la multiplicación de municipios obliga al Estado a pensar cómo organizar el territorio: si quiere que estos se dirijan directamente al Gobierno nacional o si necesita intermediarios. Eso cambió el papel que tienen las prefecturas. Las constituciones de 1998 y del 2008 dieron funciones más precisas a las prefecturas, que antes eran gobiernos en pequeño. Ahora deben coordinar a municipios y juntas.
El prefecto trabaja en producción, vialidad y ambiente
El prefecto es elegido por votación popular, en binomio con su viceprefecto. Trabaja principalmente en tres ejes dentro de la provincia a la que representa: producción, vialidad intercantonal y en áreas rurales y medioambiente.
Además, el prefecto es la cabeza del Consejo Provincial, que está conformado por representantes de alcaldes y presidentes de juntas parroquiales. Él debe convocar y dirigir el Consejo, y en caso de votaciones que terminen en empate, tiene voto dirimente.
El prefecto puede presentar proyectos de ordenanza, incluso tributarios, dentro de sus competencias. Gran parte del presupuesto de la Prefectura llega por transferencia gubernamental, pero también puede acceder a recursos obtenidos de tributos.
El prefecto diseña el plan operativo anual de la provincia y elabora la pro forma presupuestaria. Debe aprobar, bajo su responsabilidad civil, penal y administrativa, los traspasos de partidas presupuestarias, en casos de emergencia legalmente declarada. Puede dictar medidas urgentes, por las que luego deberá rendir cuentas.
Aunque la seguridad no está a cargo de la Prefectura sino del Gobierno, debe plantear un plan de seguridad ciudadana que se ajuste a la situación de su provincia, apegado al plan nacional. Debe coordinar las acciones con el Gobierno central, los ciudadanos y la Policía Nacional. Una tarea adicional es coordinar a alcaldías y juntas parroquiales de su jurisdicción.
El alcalde se encarga de la organización urbana del cantón
El alcalde es elegido por votación popular y tiene a su cargo, principalmente, todo lo concerniente a la organización urbana de su cantón, en temas como alcantarillado, luz, uso de suelo, vialidad, etc.
Por eso, en oficinas municipales se puede obtener permisos de construcción, patentes y permisos para el funcionamiento de locales comerciales o solicitar mejoras para los barrios.
El alcalde es quien preside el Concejo Municipal y tiene a su cargo la facultad ejecutiva del cantón al que representa. Además, puede presidir directamente o a través de un delegado el consejo cantonal para la igualdad y equidad del Municipio a su cargo.
Los ingresos de la Alcaldía son más autónomos que los de la Prefectura, porque cada cantón puede ‘generar’ dinero, a través de tasas e impuestos, como el Predial.
En casos de emergencias graves, el alcalde puede tomar medidas para enfrentarlas y luego rendir cuentas ante el Concejo Municipal. Debe formular y ejecutar políticas locales sobre prevención, protección, seguridad y convivencia ciudadana. Para ello, debe coordinar con la Policía Nacional, la comunidad e instituciones vinculadas en cada área.
Los espectáculos públicos, deportivos, etc. deben contar con el permiso del alcalde, en zonas urbanas. En las rurales, las autoriza en coordinación con juntas parroquiales. Debe organizar a la Policía Municipal y solicitar el apoyo de la Policía Nacional.
El concejal tiene dos roles: el legislativo y el fiscalizador
Este año se posesionará a 867 concejales urbanos y 438 rurales en el país. El rol de estos funcionarios elegidos por votación popular es, en primera instancia, legislativo. En cada cantón se elegirá al vicealcalde entre los ediles. Un concejal puede proponer proyectos de ordenanzas, que son formas de reglamentar la ley en el cantón.
Las ordenanzas regulan el uso, por ejemplo, del suelo, del agua, de canales de riego, sanidad, vialidad, convivencia, entre otros. El Concejo Municipal es presidido por el alcalde, pero los ediles tienen voz y voto para regular, por ejemplo, la aplicación de tributos.
El Concejo también puede realizar observaciones o aprobar el presupuesto del Municipio, de acuerdo con su concordancia con el plan cantonal de desarrollo y el ordenamiento del territorio.
En el Concejo se debaten temas como las propuestas para crear empresas públicas o de economía mixta que gestionen los servicios y obras públicas para el cantón. Otro tema en que interviene un concejal es la declaración de utilidad pública o de interés social que hace el Cabildo previo a expropiaciones necesarias paraejecutar obras.
También debe generar la ordenanza de construcciones en la que deben constar las normas técnicas al respecto. El Concejo Municipal tiene la potestad de crear, eliminar o fusionar parroquias urbanas y rurales o cambiar sus límites por motivos patrimoniales, ambientales, etc.